Santo Domingo, RD.- La Cámara de Diputados conoció este sábado una serie de modificaciones al nuevo Código Penal que incluyen precisiones sobre el delito de hostigamiento cibernético, estableciendo una protección expresa para periodistas, medios de comunicación, comunicadores y ciudadanos que ejerzan la libertad de expresión y el derecho a la información.

La propuesta modifica el artículo 123 de la Ley Orgánica que instituye el Código Penal de la República Dominicana para tipificar como hostigamiento cibernético la difusión, a través de medios o plataformas digitales, de mensajes, publicaciones o comunicaciones con contenido amenazante, insultante, obsceno, deshonroso o intimidatorio, cuando tengan como finalidad humillar, degradar, intimidar, aislar o afectar la dignidad e integridad moral de una persona. Esta conducta sería sancionada con penas de dos a cinco años de prisión menor y multas de nueve a quince salarios mínimos del sector público.

Sin embargo, el proyecto incorpora un párrafo que excluye expresamente de este delito la difusión de informaciones, investigaciones periodísticas, reportajes, opiniones, críticas o sátiras realizadas por periodistas, medios de comunicación, comunicadores o ciudadanos en el ejercicio legítimo de la libertad de expresión, el derecho a la información y el escrutinio social y político sobre asuntos de interés público o relacionados con funcionarios electos.

La excepción aplicará siempre que el contenido difundido guarde relación con hechos de relevancia pública y esté sustentado en información cierta y comprobable, con lo que se busca evitar que el tipo penal sea utilizado para limitar el ejercicio del periodismo o el debate público.

Las modificaciones forman parte del proyecto que reforma la Ley Orgánica No. 74-25, previo a la entrada en vigencia del nuevo Código Penal, prevista para agosto. Durante la sesión extraordinaria de este sábado, los legisladores continuaron la lectura y discusión de los cambios propuestos a la normativa.

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