Santo Domingo.– El Senado de la República rechazó las modificaciones presentadas por el senador Antonio Taveras al proyecto de reforma de la Ley 74-25, entre ellas la eliminación de la pena de prisión por difamación simple y la inclusión de las tres causales para la interrupción del embarazo.

La propuesta obtuvo tres votos a favor y 24 en contra durante la sesión en la que fueron conocidas las modificaciones al Código Penal.

Taveras centró parte de su intervención en las disposiciones sobre difamación e injuria, que han generado preocupación entre periodistas, comunicadores y sectores vinculados con la defensa de la libertad de expresión.

El senador propuso que la difamación simple no fuera castigada con prisión, sino con multas de tres a ocho salarios mínimos del sector público y la reparación civil del daño causado.

Planteó definir la difamación como la imputación pública de un hecho preciso, concreto y falso que afecte el honor, el buen nombre, la imagen, la dignidad o la integridad familiar de una persona física o jurídica.

La conducta abarcaría publicaciones realizadas en medios escritos, audiovisuales, radiales, televisivos, plataformas digitales, transmisiones en línea o cualquier espacio de internet.

Taveras explicó que la reparación civil consiste en ordenar a la persona declarada responsable el pago de una indemnización económica a favor de quien sufrió el daño.

Sostuvo que la tendencia internacional es resolver los casos de difamación mediante sanciones económicas y no con penas privativas de libertad.

“En el mundo de hoy la tendencia es la reparación civil en los casos de difamación y no la cárcel”, expresó el legislador.
A su juicio, esta fórmula permitiría proteger el honor y la reputación de las personas sin imponer restricciones desproporcionadas a la libertad de expresión y al derecho a informar.

El congresista también propuso separar la difamación simple de la difamación agravada y de la extorsión, al considerar que se trata de conductas distintas que no deben aparecer unificadas dentro de una misma disposición.

Para la difamación agravada solicitó una pena de entre 15 días y un año de prisión, mientras que la modalidad simple quedaría sancionada únicamente con multa y reparación civil.

Durante su intervención, Taveras también retomó la propuesta de incluir las tres causales para la interrupción del embarazo.

Planteó que esta práctica no fuera perseguida ni sancionada cuando la vida o la salud de la mujer, adolescente o niña estuviera en peligro; cuando el feto presentara una condición incompatible con la vida, o cuando el embarazo fuera consecuencia de una violación sexual, agresión o incesto.

El senador consideró que la exclusión de estas circunstancias representa una deuda con las mujeres dominicanas y pidió incorporarlas al Código Penal como causas eximentes de responsabilidad penal.

Su propuesta establecía, además, que la mujer embarazada tuviera derecho a recibir información clara, suficiente, oportuna, científica, comprensible y libre de coacción antes de tomar una decisión.

También disponía que el Ministerio de Salud Pública, en coordinación con el Ministerio de la Mujer, elaborara los protocolos necesarios para garantizar atención integral en esos casos.

Entre las modificaciones defendidas por Taveras también figuraron disposiciones relacionadas con la violencia vicaria y el aborto forzado.

Al finalizar su intervención, pidió a los senadores considerar el alcance de las propuestas para la libertad de expresión, los derechos de las mujeres y la protección de la dignidad de las personas.

La moción fue sometida a votación por la presidencia del Senado y rechazada con tres votos favorables y 24 en contra.

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